ALIANZA UNION FEDERAL s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL -
ELECCIÓN GENERAL 26 DE OCTUBRE DE 2025 - EP

La Plata, agosto de 2025.

AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa caratulada “ALIANZA UNION
FEDERAL S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL
-ELECCION GENERAL 26 DE OCTUBRE DE 2025", Expte. CNE
9164/2025.

Y CONSIDERANDO:
I.- Que a fojas 12 y 17 se presentaron la Sra. Margarita Lavié y
el Señor Daniel Norberto Genaro Madeo, quienes solicitaron el
reconocimiento de una alianza electoral transitoria, bajo la denominación de
“UNION FEDFERAL”, en los términos del art. 10 de la ley 23.298,
conformada a los efectos de participar en las próximas Elecciones Generales,
convocadas para el 26 de octubre del corriente año.

II.- Que atento a lo que surge del acta constitutiva agregada a
fojas 9/11, la alianza fue suscripta por la Sra. Margarita Lavié, DNI
43.315.478, en representación del partido “MOVIMIENTO
ORGANIZACIÓN DEMOCRATIVA”, y el señor Daniel Norberto Genaro
Madeo, DNI 12.277.622 en representación del “PARTIDO FEDERAL”
Obra agregada, a fs. 5/8 la Plataforma Electoral y a fs. 24, el logo
y la combinación de colores que solicita utilizar la Alianza.

III.- A fs. 23 -cuarto párrafo-, se ordenó la realización por
secretaría del informe respecto de la documentación acompañada, a tenor de
lo que prescriben las respectivas cartas orgánicas de cada uno de los partidos
que suscriben el acta constitutiva; lo establecido en la normativa aplicable y
lo que surge de los expedientes principales en cuanto a las facultades de los
órganos que adoptaran la decisión y las otorgadas para suscribirla.
Que conforme surge de lo informado por la actuaria -fs. 26/28- y
la documentación acompañada, se encuentra acreditado que los órganos
partidarios con competencia al respecto, “Movimiento Organización
Democrática” y “Partido Federal”, han aprobado la conformación de la
alianza de autos siguiendo las prescripciones de sus respectivas cartas
orgánicas; y los firmantes del acta constitutiva agregada a fs. 9/11, han
cumplido con el mandato para actuar en nombre y representación de cada una
de las agrupaciones mencionadas.
Asimismo, surge que los partidos políticos mencionados
precedentemente cuentan con personería jurídico política definitiva vigente
en este distrito electoral al día de la fecha.

IV.- Así también, surge de la citada acta constitutiva -punto
décimo tercero- que se han designado los APODERADOS de la alianza; y se
han establecido requisitos para su actuación; sus facultades y la modalidad
adoptada para actuar válidamente (art. 10 inc. d) de la ley 23.298).
Así fueron designados en tal carácter: la Sra. Margarita Lavié,
DNI 43.315.478, y el Señor Daniel Norberto Genaro Madeo, DNI 12.277.622.
Los mismos deberán actuar en forma conjunta, y tienen amplias
facultades para presentar la documentación para el reconocimiento ante las
autoridades electorales, para efectuar objeciones a todas las actuaciones de
otras fuerzas políticas en las distintas etapas del tracto electoral, percibir los
fondos y espacios de publicidad que corresponda de acuerdo las leyes
vigentes y/o aquellas que las reemplacen y sus respectivos decretos
reglamentarios, como así también a realizar cuantos actos, gestiones,
diligencias fueran necesarias para el cumplimiento de su cometido, pudiendo
también interponer recursos y desistirlos.

V- En el punto tercero del acta constitutiva se cumplió con la
constitución del domicilio legal y procesal de la alianza de autos, sito en la
calle 46 número 541 de la Ciudad de La Plata -art. 10 inc. d) de la ley 23.298-.

Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CRIM. Y CORR. FEDERAL DE LA PLATA 1 - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO BUENOS AIRES)

VI- En el punto décimo segundo de la citada acta constitutiva se
estableció la conformación de la JUNTA ELECTORAL de la alianza de
autos -art. 10inc. “e” de la ley 23.298-; disponiéndose que la misma se
conforma con dos (2) miembros, quedando integrada por los Sres. Carlos
Alberto Provasi –cfr. lo manifestado a fs. 30 vta.- y Daniel Norberto Genaro
Madero quienes actuarán con las facultades establecidas en el acta
constitutiva.
Se estableció también en el punto décimo noveno el sitio web
del órgano: www.partidofederal.ar –solapa Unión Federal-, el que, conforme
surge de la constatación realizada por este tribunal, se encuentra habilitado, y
en el punto décimo segundo se especificó el funcionamiento y modalidad de
notificación de las resoluciones adoptadas.
Que en el artículo quinto del Reglamento Electoral que obra a
fojas 3/4 se han establecido los días y horarios de atención de la Junta
Electoral.

VII- En el apartado séptimo del acta constitutiva, se establece
que la cuenta oficial de la alianza se encontrará en el Banco de la Nación
Argentina - Sucursal La Plata, y de acuerdo a lo informado a fs. 30, la
sucursal referida es la casa Matriz, sita en calle 7 nro. 826 de esta ciudad
-artículo 32 de la Ley nº 26.215-.
Luego, a fojas 30/30vta. se designaron Resposables Económico
Financieros a los señores DANIEL NORBERTO GENARO MADEO, DNI
12.277.622 y CARLOS ALBERTO PROVASI, DNI 12.902.507, ambos
domiciliados en la provincia de Buenos Aires -cláusula octava- art. 31 de la
Ley 26.215.

VIII- Que a fojas 30/30vta se designó a GONZALO
FERNANDO PEREYRA, DNI 24.170.319, como Resposnsable Técnico de
Campaña -titular-.

IX- Que a fs. 23vta. se ordenó notificar a los partidos políticos
reconocidos y a las alianzas en formación la denominación adoptada, las siglas y logo pretendidos por la alianza, a los efectos de las oposiciones que
pudieren formular, no habiendo recibido ninguna oposición dentro del plazo
otorgado a ese efecto.

X- Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado
por la Sra. Fiscal Federal a fojas 34, considero que se encuentran acreditados
en autos los extremos previstos en el art. 10 de la ley 23.298 para acceder a lo solicitado.

 

Por ello, RESUELVO:
1°) Reconocer como alianza electoral transitoria de distrito en
los términos del artículo 10 de la ley 23.298, a la entidad denominada
“UNION FEDERAL”, con derecho exclusivo al nombre y al logo de fs.
24vta. y demás atributos conferidos por la ley y con domicilio central en la
Calle 46 número 541 de la Ciudad de La Plata -art. 10 inc. d) de la ley 23.298-.

2°) Tener como integrantes de la misma a los partidos:
“MOVIMIENTO ORGANIZACIÓN DEMOCRÁTICA” y “UNION
FEDERAL” (art. 10 inc. “c” ley 23.298).

3°) Tener como APODERADOS de la alianza de autos a los
señores Margarita LAVIE, DNI 43.315.478 y Daniel Norberto Genaro
MADEO, DNI 12.277.622, quienes se encuentran facultados a suscribir toda
documentación en nombre y representación de la Alianza y deben actuar en
forma conjunta;

4°) Tener como logotipo de la alianza de autos el acompañado a
fs. 24vta.

5°) Tener por PLATAFORMA ELECTORAL el texto que luce
a fojas 5/8.

6°) Tener como ACUERDO FINANCIERO Y DE
DISTRIBUCIÓN DE FONDOS y APORTES DE CAMPAÑA
correspondiente a la Alianza, el establecido a fojas 11 –apartado Décimo
Tercero- y remitir copia certificada del mismo al Ministerio del Interior, a los fines del artículo 11 de la ley 26.215, librándose a tal efecto el oficio de estilo
(art 10 inc. a) y f) ley 23.298; art 32 de la ley 26.571, art. 9° del Decreto
937/2010 y art. 23 Decreto 443/2011).

7°) Tener en el carácter de RESPONSABLES ECONÓMICO
-FINANCIEROS DE LA ALIANZA a los señores DANIEL NORBERTO
GENARO MADEO, DNI 12.277.622, y CARLOS ALBERTO PROVASI,
DNI 12.902.507, en los términos del artículo 31 ley de la ley 26.215, quienes
deberán presentarse ante este tribunal a efectos de suscribir la aceptación de
sus respectivos cargos.

8°) Tener en el carácter de RESPONSABLE TÉCNICO DE
CAMPAÑA al señor GONZALO FERNANDO PEREYRA, DNI
24.170.319. (art. 5° bis del Decreto 937/2010), y hacer saber a la alianza de
autos que deberá designar a su alterno.

9°) Hacer saber asimismo que deberán designar un
REPRESENTANTE TECNOLÓGICO titular, y su alterno (art. 5 bis del
Decreto 937/2010).

10°) Librar Oficio al Banco de la Nación Argentina, Sucursal
2170, de la ciudad de La Plata, a fin de que se proceda a la apertura de una
cuenta corriente única a nombre de la alianza de autos y a la orden de las
responsables económico-financieros. (conf. Art. 32 de la Ley 26.215
modificado por Ley 27.504).

11°) Hacer saber que oportunamente, deberán informar la
apertura de la cuenta corriente única referida en el punto anterior.

12°) Tener presente que la misma deberá, oportunamente,
cumplimentar ante este Juzgado lo establecido en los arts. 30 primer párrafo
y 38 último párrafo de la ley 26.571 y art. 24 del Decreto 443/2011 y
acreditar la apertura de las subcuentas previstas en el artículo 23 del citado
decreto.

13°) Tener como miembros de la JUNTA ELECTORAL de la
alianza a los Sres. Daniel Norberto Genaro Madeo y Carlos Alberto Provasi, quienes actuarán con las facultades establecidas en el Acta Constitutiva -art.
10 inc. e) de la ley 23.298 y notificarán sus resoluciones de conformidad con
lo dispuesto en el punto décimo segundo.

14°) Tener como domicilio de la JUNTA ELECTORAL el sito
en la calle 46 número 541 de la ciudad de La Plata, funcionando en los días y
horarios establecidos en el artículo Quinto del Reglamento Electoral y; como
sitio web oficial el de www.partidofederal.ar -solapa Union Federal- (art 2°
Decreto PEN Nro. 443/2011).

15°) Asignar a la alianza “UNION FEDERAL” el Nro. 501 de
conformidad a lo dispuesto por la Acordada Nro. 25/2011 y Anexo de la
Excma. Cámara Nacional Electoral.

16°) Regístrese, notifíquese y comuníquese a la Excma. Cámara
Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral –art. 6° inciso e)
Decreto Nro. 937/2010.

ALEJO RAMOS PADILLA
Juez

LISTA DE CANDIDATOS A OFICIALIZAR POR LA JUSTICIA ELECTORAL

DIPUTADOS NACIONALES TITULARES

Gray Fernando Javier 21750585
Guazzaroni Maria Laura 22950940
Ibarra Jose Antonio 14150614
Perez Analia Elisabet 18200667
Martelli Federico 27236038
Biroulet Carina Mabel 23155997
Suarez Erdaire Adolfo Maximiliano 28673117
Oliva Gisela Elizabet 26616673
Garcia Angel Alberto 4629415
Tortosa Rosana 14160874
Fernandino Mariano 25476535
Casas Maria Isabel 11695596
Lopez Alejandro Luis (Oveja) 12825480
Rojas Romina Soledad 29055193
Azzoni Horacio 29320549
Blanco Emilce Beatriz 22002779
Mengia Guido Ignacio 23125360
Barrios Iris Noemi 22481524
Garcia Ernesto Fabian 16253747
Ludueña Marcela Fabiana 18628746
Davila Hugo Marcelo 16682774
Piantanida Andrea Silvia 17663774
Raffaellino Javier Damian 22460548
Alsina Sabrina Natalia 26660152
Cano Luis Roberto 17705757
Koch Mirta Azucena 13397129
Montes Ariel Gustavo 31679514
Barraza Ramona Cruz 21051241
Etchegoyhen Pablo Sebastian 30654390
Cristaldo Blanca Soledad 18208480
Sanchez Manuel Hector 22706235
Soria Sabrina Ayelen 34249337
Fernandez Araujo Facundo Martin 24190635
Fernandez Silvana Patricia 24226311
Trucco Ignacio 28464816


SUPLENTES

Gerratana Maria Soledad 29432159
Favale Walter Adrian 18425248
Funes Carolina Aidee 31175567
Valdes Humberto Jorge 12319267
Novas Cristina Beatriz 17334216
Ybañez Ramon Alberto 31213948
Oliva Maria Del Carmen 23211462
Andreu Guillermo Raul 12506624
Medina Hermenegilda 17087165
Serrano Sergio Ariel 21772894